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Apostilla y Legalización. Qué son y dónde se obtienen

En España, existen dos formas de dotar de validez en otro país a un documento público: Apostilla y Legalización. Por lo tanto, lo que se pretende es certificar que la firma que aparece en dicho documento público es auténtica y que éste no se trata de una falsificación.

Diferencias entre Apostilla y Legalización

La Apostilla de la Haya suprime el requisito de legalización diplomática y consular. Esto quiere decir que los documentos emitidos y apostillados en un país firmante del Convenio de la Haya deberán ser reconocidos en cualquier otro país firmante.

Sin embargo, la Legalización, es una vía más lenta y costosa, puesto que el documento debe pasar por varios organismos.

Dónde consigo la Apostilla o Legalización

Depende del tipo de documento que queramos apostillar y del país en el que necesitemos apostillarlo. Por lo general, en el consulado de cada país ofrecen asesoramiento sobre los trámites necesarios para obtener la Apostilla. En concreto en Madrid, por ser la capital, es posible legalizar y apostillar los documentos con mayor facilidad:

Documentos emitidos por autoridades judiciales:

Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
C/ General Carlos Castaños, 1
Teléfono: 91 493 49 34

Documentos autorizados notarialmente y documentos privados cuyas firmas hayan sido legitimadas por Notario:

Decano del Colegio Notarial respectivo o miembro de su Junta Directiva.
Colegio Notarial de Madrid
C/ Ruiz de Alarcón, 3
Teléfono: 91 213 00 00

Para apostillar documentos de los órganos centrales de la Administración General del Estado:

Jefe de la Sección de Legalizaciones de la Subsecretaría del Ministerio de Justicia.
Ministerio de Justicia (Legalizaciones)
C/ Bolsa, 8
Horario de atención al público: De lunes a viernes de 9:00 a 17:30 horas; Sábados de 9:00 a 14:00 horas Teléfono: 902 00 72 14 – 91 837 22 95
Solicitud on-line: Contacto

No obstante, para apostillar los documentos públicos de los órganos periféricos de la Administración General del Estado (Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las CC.AA. y Provincias, y Direcciones Territoriales y Provinciales de los Ministerios y Organismos), así como los documentos públicos de las restantes Administraciones Públicas (Comunidades Autónomas y Entidades Locales): el ciudadano podrá elegir dirigirse a cualquiera de las Autoridades Competentes mencionadas en los apartados 1 y 2, es decir, o el Secretario de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia o el Decano del correspondiente Colegio de Notarios.

Si tiene cualquier duda contacte con nosotros a través de cualquiera de los medios de contacto que puede encontrar aquí.

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